El veto del Poder Ejecutivo a la ley denominada popularmente como de “autoblindaje” figura en el punto 4 del orden del día de la sesión ordinaria del Senado de hoy y cuenta con dictámenes a favor y en contra de la aceptación.

La Cámara Alta definirá hoy si respeta la Constitución en el sentido de que no se puede establecer una mayoría inexistente para la pérdida de investidura de un legislador o si se ratifica en la normativa que habla de mayoría absoluta.

El punto más cuestionado de esta ley que reglamenta el artículo 201 de la Constitución, referido a la pérdida de investidura, es que establece que en las respectivas cámaras debe haber mayoría absoluta de votos (23 en el Senado y 41 en la Cámara de Diputados) para disponer la expulsión de un legislador que incurra en uso indebido de influencias o que viole el régimen de inhabilidades previstas en la Carta Magna.

Según la opinión de constitucionalistas corresponde que se aplique lo que señala el artículo 185 de la misma Carta Magna. En un párrafo de dicho artículo dispone que, cuando no está expresa la necesidad de una mayoría calificada, se debe entender que es suficiente la mayoría simple de votos, es decir, la mitad más uno de los legisladores presentes.

Por su parte, quienes defienden la ley cuestionada sostienen que es ilógico que para suspender a un legislador por 60 días haga falta mayoría de dos tercios de votos y que para expulsarlo definitivamente sea suficiente una mayoría simple.

La objeción del ejecutivo ya fue rechazada en Cámara de Diputados y en caso de que el Senado también haga lo mismo por mayoría absoluta (23 votos), la normativa que dificultará el trámite para la expulsión de un legislador entraría en vigencia.

Hoy se sabrá la verdad.