Mario Abdo promulgó  la ley que establece el régimen jubilatorio para profesionales médicos de todos los organis­mos y entidades del Estado (OEE), empresas públicas, odontólogos y bioquímicos.

Queda en manos del Ministe­rio de Hacienda la reglamen­tación de la normativa.

El presidente Mario Abdo Benítez firmó el decreto que establece la jubilación de los profesionales médicos perte­necientes a instituciones públi­cas como la Corte Suprema de Justicia, la Fiscalía General del Estado, el Ministerio de la Defensa Pública, la Compañía Paraguaya de Comunicaciones (Copaco), el Hospital de Clíni­cas y el Ministerio de Justicia.

“Es un momento histórico que nos toca vivir, reivindicando un derecho laboral esencial como es la jubilación”, expresó la Dra. Rossana González, en repre­sentación de los profesionales médicos. La Ley de Jubilación Médica sancionada por el Con­greso Nacional el pasado 20 de abril cuya reglamentación de la normativa se encargará ahora el Ministerio de Hacienda.

LEY DE JUBILACIÓN

El profesional de blanco podrá acceder al beneficio a los 55 años de edad y tras haber cumplido 25 años de aporte jubilatorio. En este caso, le corresponderá el 90% del promedio del sala­rio de los 36 meses anteriores al último aporte. El porcentaje (90%) aumentará en razón del 2% por cada año que el profe­sional aporte a partir de los 55 años, hasta los 59. Sin embargo, esta jubilación es optativa.

Si el profesional llega a los 60 años aportando durante 30 años le toca el 100% del prome­dio del salario de los 36 meses anteriores al último reporte (también optativa). Por otra parte, la jubilación será obliga­toria a los 65 años de edad. Los médicos que hayan cumplido con el 50% del aporte jubilato­rio tendrán media jubilación, según lo que establece lo pro­mulgado este lunes por el jefe de Estado.