La Contraloría General de la República encontró que el patrimonio del Ministro de Educación, aumentó más de G. 380 millones en dos años. El informe fue elevado al Ministerio Público.
La primera declaración que presentó Petta fue en el año 2000, cuando era fiscal de Encarnación. En ese entonces, su patrimonio era de G. 306.500.000. En julio de 2013 presentó su segunda DD.JJ., como senador. Su patrimonio era de G. 614.822.434.
En julio de 2016, su patrimonio era de G. 796.456.484. Dos años después, en julio de 2018, al ser reelecto, el patrimonio declarado fue de G. 1.176.707.279.
En dos años su patrimonio aumentó en G. 380 millones, más que en 13 años de trabajo. Su última declaración fue realizada un mes después de jurar como ministro de Educación.
Todo esto está consignado en el examen realizado por la Contraloría General de la República, que concluye que “no existe correspondencia entre los bienes declarados y los ingresos obtenidos” entre julio de 2016 y julio de 2018.
Además, en el examen de la Contraloría se señala que Petta declaró 5 inmuebles, cuando la Corte Suprema de Justicia informó que tiene 12 terrenos. Los 7 no reportados están en Hohenau.
Así también indica el informe que la finca 23-090-13, ubicada en Encarnación, en el 2013 fue valuada en G. 25 millones, pero en la siguiente DD.JJ., en 2016, está valuada en G. 300 millones. Dentro de ese inmueble en 2013 Petta informó una construcción por G. 10 millones, pero en las DD.JJ. posteriores “el mismo inmueble declaró como un terreno sin construcción”.
La Contraloría reporta que la finca 335, ubicada en Trinidad, en 2013 fue valuada en G. 20 millones, y en 2016 ya la valuó en G. 250 millones.
Por otro lado, el ministro declaró deudas por tarjetas de crédito con el Banco Continental, pero la entidad bancaria informó que el ministro “no opera ni ha operado en cuenta corriente, caja de ahorro ni préstamos”.
También hay un automóvil Toyota Caldina, año 90, que Petta no declaró.
La Contraloría resalta que Petta no presentó sus DD.JJ. al dejar el cargo de fiscal, fue director de la Policía Caminera ni cuando fue asesor vial de la Municipalidad de Asunción, como debía hacerlo según el artículo 104 de la Constitución Nacional.