El ministro de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH), Dany Durand informó que realizó un aporte de capital de 1.000 millones de guaraníes a empresas personales. La Carta Magna establece que los secretarios de Estado deben dedicarse exclusivamente a las funciones que le acreditan los respectivos cargos.

La declaración realizada por Durand, la hizo en defensa al informe presentado por la Contraloría General de la República, donde se cuestionó que sus ingresos y egresos no coinciden.

“Una es la que compra las pro­piedades y la otra es la que financia las propiedades que se construyen. Hace 16 años están trabajando en el mer­cado”, dijo sin ninguna reserva en un intento por defenderse de la acusación de la Contraloría de que mintió en su declaración jurada. Las disposiciones de la Carta Magna son muy claras al respecto al establecer las mis­mas incompatibilidades para los ministros del Poder Ejecu­tivo, al presidente de la Repú­blica y al vicepresidente de la República, quienes deben dedicarse exclusivamente a sus funciones que le acreditan los respectivos cargos.

El artículo 241 “De los requi­sitos, de las incompatibilida­des y de las inmunidades” de la Constitución Nacional indica: “Para ser ministro se exigen los mismos requisitos que para el cargo de diputado. Tienen, además, iguales compatibili­dades que las establecidas para el presidente de la República, salvo el ejercicio de la docen­cia. No pueden ser privados de su libertad, excepto en los casos previstos para los miem­bros del Congreso”.