La Cámara de Diputados aprobó el proyecto  sancionado ayer en el Senado. En esta versión se incluye la exoneración por tres meses en el pago del servicio de la ANDE. El documento será remitido al Poder Ejecutivo.

La Cámara Baja trató este miércoles el Proyecto de Ley “Que declara Estado de Emergencia en todo el territorio del Paraguay ante la pandemia declarada por la OMS a causa del COVID-19 y se establece las medidas administrativas, fiscales y financieras”.

El documento, que había sido aprobado con modificaciones ayer en el Senado, contempla una serie de propuestas en materia económica planteadas por el Poder Ejecutivo con el objetivo de hacer frente al impacto generado por el coronavirus.

Tras un largo debate por parte de los diputados, finalmente se decidió aprobar la versión de la Cámara de Senadores, la cual contempla -entre otras cuestiones- la exoneración en el pago del servicio de la ANDE durante los meses de marzo, abril y mayo para aquellos clientes cuyo consumo sea menor a G. 250.000.

Así también, la propuesta contempla que las facturas tanto de la Essap como de las aguateras privadas y juntas de saneamiento puedan ser diferidas temporalmente y/o tener un descuento de hasta el 100% para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) y sectores vulnerables durante los meses de marzo, abril y mayo.

Para el caso del servicio proveído por COPACO, las facturas podrán ser diferidas temporalmente durante los mismos meses citados en los casos anteriores.

En otro orden de casos, plantea otorgar un subsidio del 25% del salario mínimo legal vigente a los trabajadores informales, beneficio que podrá ser otorgado hasta dos veces por el mismo monto (más detalles de los requisitos en el siguiente link).

Como una manera de optimizar los recursos económicos del Estado, el proyecto prohíbe nuevos llamados e incluso adjudicaciones de provisión de servicios de catering, la adquisición de equipos de transporte, con excepción de ambulancias y otros vehículos utilizados para la seguridad nacional y para las fuerzas públicas.

Por otro lado, también se deja de lado -en forma temporal- el aumento salarial para el sector público, cuya implementación estaba prevista a partir de la segunda quincena del presente año. Esta medida afectará principalmente al sector de los docentes.

Otro de los puntos resaltantes del proyecto aprobado en el Congreso tiene que ver con las gratificaciones a ser asignadas para el personal de salud durante la pandemia de COVID-19. Para los mismos se ha fijado un monto que no podrá ser superior a tres salarios mínimos. De acuerdo a las condiciones financieras del Estado, podrá otorgarse una segunda gratificación de hasta dos salarios mínimos.

De igual manera, el proyecto de ley también contempla que el incumplimiento en el pago de los alquileres no será causal de desalojo hasta el mes de junio del presente año, siempre que se justifique el pago de cuanto menos el 40% del valor del alquiler mensual.

El proyecto también autoriza al Poder Ejecutivo a contratar un préstamo de hasta US$ 1.600 millones, a ser utilizados exclusivamente para financiar las medidas de emergencia y los efectos económicos de la crisis sanitaria del COVID 19.

El documento será remitido al Poder Ejecutivo para su aprobación o veto.