Algunos diputados sostienen que no se podrá aplicar la pérdida de investidura al imputado, debido a que los delitos cometidos no fueron en el momento que ejercía el cargo legislativo.

Sin embargo, se baraja la posi­bilidad de aplicar el regla­mento interno de la Cámara de Diputados, sobre las ausen­cias reiteradas para que pueda asumir su suplente, Vicente González. Al respecto, la diputada encuentrista, Kat­tya González explicó que el Artículo 201 habla, por un lado del régimen de incom­patibilidad e inhabilidades, que sería en el caso de que ofi­cie una sentencia condenato­ria contra un legislador y se aplicaría automáticamente. Por otro lado, habla del uso indebido de influencias en el ejercicio del cargo.

“El Artículo 201 es un poco complicado aplicar en el caso Cuevas, teniendo en cuenta que su investigación se centra en la época que él era gober­nador, no hay hechos vincu­lados a su función de dipu­tado”, explicó. No obstante, señaló que es un tema deli­cado que debe ser analizado, atendiendo a la acefalía que se produce con la prisión pre­ventiva.

Asimismo, señaló que los diputados deben preservar la funcionalidad de la Cámara completando los 80 diputa­dos. “El artículo 18 del Regla­mento Interno (de la Cámara Baja) habla de las ausencias injustificadas por tres sesio­nes consecutivas, eso se va a cumplir con Cuevas una vez que se inicie el período par­lamentario, el 1 de marzo”, indicó.

En tanto, el diputado liberal, Celso Kennedy, mencionó que existen dos razones para per­der la investidura, una por la incompatibilidad, que refiere a delitos comunes, el cual requiere una sentencia firme; y el segundo, por la inhabili­dad que habla de las funciones legislativas. “Cuevas es juz­gado por enriquecimiento ilícito de su administración anterior a la Cámara, eso sig­nifica que no es de su función legislativa, salvo que después se agreguen otros casos, o se amplíe la acusación. Él nece­sita terminar el proceso judi­cial para que pueda perder la investidura en el caso del 201”, señaló.